Acuerdo con Myanmar sobre la eliminación de la doble imposición ha sido ratificado en Belarús


 
El acuerdo entre el Gobierno de la República de Belarús y el Gobierno de la República de la Unión de Myanmar sobre la eliminación de la doble imposición con respecto a los impuestos sobre la renta y sobre la prevención de la evasión y elusión fiscal fue ratificado hoy por los diputados belarusos, informa el corresponsal de BelTA.
 
El acuerdo fue firmado el 28 de noviembre de 2025 durante la visita oficial del Presidente de la República de Belarús, Aleksandr Lukashenko, a la República de la Unión de Myanmar. Su celebración tiene como objetivo delimitar la jurisdicción fiscal de ambos Estados en cuestiones de tributación, así como determinar el mecanismo para eliminar la doble imposición sobre las ganancias e ingresos de las entidades económicas y las personas físicas involucradas en las relaciones económicas bilaterales.
 
El enfoque principal establecido en el acuerdo con respecto a la tributación de las organizaciones es que el derecho a gravar las ganancias y los ingresos en su totalidad pertenece al Estado donde están registradas, explicó el ministro de Impuestos y Recaudación, Dmitri Kiykó. Sin embargo, dado que las organizaciones obtienen ingresos de fuentes en otro Estado sin estar registradas fiscalmente allí, el acuerdo otorga a ese otro Estado el derecho a gravarlos parcialmente en dos casos.
 
En primer lugar, se trata de los casos en que las organizaciones realizan actividades empresariales en otro Estado a través de un establecimiento permanente, que incluye un lugar de construcción o un lugar de prestación de servicios. En este caso, el acuerdo obliga a la organización a pagar el impuesto sobre las ganancias en el Estado donde se encuentra su establecimiento permanente, pero solo en relación con los objetos que surjan en relación con dicho establecimiento.
 
En segundo lugar, la obligación de pagar impuestos en otro Estado surge cuando las organizaciones reciben de sus fuentes ciertos tipos de ingresos definidos en el acuerdo. Dichos ingresos incluyen los ingresos del transporte marítimo, los ingresos por el uso y la enajenación de bienes inmuebles, dividendos, ingresos por obligaciones de deuda, regalías, remuneraciones por servicios de carácter gerencial, técnico o de consultoría, e ingresos por la venta de acciones o participaciones en el capital autorizado de organizaciones.
 
En los artículos correspondientes del acuerdo se determinan las tasas impositivas para cada uno de los tipos de ingresos mencionados. El Estado que es la fuente de su pago tiene derecho a retener el impuesto a una tasa no superior a la establecida en el acuerdo.
 
La tributación de los ingresos de las personas físicas se basa en el mismo principio, señaló Dmitri Kiyko. El Estado de residencia habitual del ciudadano (según la regla generalmente aceptada, el Estado de residencia del ciudadano es aquel donde el ciudadano permanece más de 183 días en el año calendario) tiene derecho a gravar los ingresos en su totalidad.
 
En el caso, al igual que con las organizaciones, dado que el ciudadano obtiene ingresos de fuentes en otro Estado o puede obtenerlos sin residencia fiscal en ese Estado, ese otro Estado también tiene derecho a gravarlos, pero no en su totalidad, sino solo en parte. Este derecho surge para el otro Estado cuando la remuneración se paga a una persona física por trabajo dependiente en el territorio de ese otro Estado, así como cuando a las personas físicas se les pagan los mismos tipos de ingresos que a las organizaciones.
 
En los casos en que el acuerdo otorga al Estado que es la fuente de la ganancia o ingreso el derecho a recaudar impuestos, el Estado de residencia fiscal, es decir, de registro de la organización o de residencia habitual del ciudadano, asegura la deducción del monto del impuesto extranjero retenido del monto del impuesto sobre las ganancias (impuesto sobre la renta). De esta manera, se elimina la doble imposición.
 
Para garantizar el control fiscal de las operaciones económicas bilaterales, el acuerdo permite a las autoridades fiscales de Belarús y Myanmar intercambiar información sobre cuestiones fiscales.
 
Para crear condiciones económicas favorables, el acuerdo prevé un régimen fiscal más ventajoso en comparación con la legislación nacional para ciertos tipos de ingresos.
 
Según el ministro, la celebración del acuerdo creará la base legal en el ámbito fiscal necesaria para la implementación de proyectos comerciales sobre una base bilateral y garantizará un régimen fiscal estable a largo plazo.

 

 
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